Publicado el 09 de Octubre del 2011

Un error muy común en los Reglamentos de Crédito o Manuales de Sobreendeudamiento de algunas Instituciones de Microfinanzas, es la incorporación de ratios máximos de endeudamiento patrimonial, sin tomar en cuenta los giros del negocio. Esto es, medir de igual manera a un transportista, un comerciante, un industrial, una empresa de servicios, etc., sin considerar las diferentes estructuras de financiamiento tipo, de cada uno de éstos giros.

En la mayoría de casos, los ratios máximos de endeudamiento patrimonialsuelen encontrarse entre el 70% y el 90%, acorde con el menor apetito de riesgo, que se pretende lograr.

En ocasiones, se estila considerar hasta dos ratios máximos de endeudamiento patrimonial: uno para capital de trabajo y otro para activo fijo.

Sin embargo, según estadísticas del ente supervisor, la mora en el segmento de pymes sigue siendo la más alta del Sistema Financiero. Así tenemos que al cierre de Agosto del 2011, la cartera atrasada promedio en micro y pequeña empresa fue de 7.13% y 6.43%, en el Sistema de Cajas Municipales; y de 5.58% y 8.06%, en el Sistema de Cajas Rurales, respectivamente. Por lo que, no se estaría logrando lo que se pretende conseguir.

Entonces: ¿qué está pasando?

Algo muy preocupante, ante la falta de realismo de los ratios máximos de endeudamiento patrimonial, algunos Asesores de Negocios tergiversan la información del negocio del cliente, a efecto de “adecuarla” a lo exigido por la Entidad. Sí a esto sumamos la mala evaluación por la aplicación de tecnologías crediticias inapropiadas (en el caso de pequeñas empresas) y la escasa preparación y/o experiencia de algunos Asesores de Negocios (en el caso de micro empresas), encontramos una mezcla explosiva, que empieza a pasarnos la factura.

Entonces ¿qué hacer?

Primero, deberían calcularse los ratios promedio de endeudamiento patrimonial, por cada giro del negocio. Si no es posible obtener dicha información, por inexistencia de data al interior de la Institución, debería adquirirse a terceros.

Segundo, los ratios promedios de endeudamiento patrimonial no deberían ser determinantes en la evaluación, sino debería ser complementados con los ratios de cobertura (Cuota del nuevo Préstamo / Saldo Disponible).

Tercero, el apetito de riesgo debería medirse a través de ratios de cobertura mínima. En lo posible, por giro de negocio.

Cuarto, deberían adecuarse las tecnologías crediticias a cada tipo de crédito, puesto que no es lo mismo evaluar un microcrédito, que una pequeña empresa. No olvidemos que la tecnología crediticia de microfinanzas nació para evaluar micro – negocios (léase: pequeñas bodegas, puestos de mercado, ambulantes, informales, etc.) y erróneamente se ha extendido a todos los tipos de créditos (he visto casos, que incluso a medianas empresas).

Y, finalmente, se debería ser exigentes en la evaluación de los créditos y sancionar drásticamente las malas prácticas de algunos Asesores de Negocios, quienes deberían ser registrados en una Central de Riesgos, a compartir por todas las Entidades de Microfinanzas.

Autor
Iván Lozano Flores